miércoles, 8 de diciembre de 2010

A la memoria de la mamá Victoria


"Recuerde el alma dormida,
avive el seso y despierte
contemplando
cómo se pasa la vida,
cómo se viene la muerte
tan callando ..." 


 
Una llamada de mi madre a una hora impensada interrumpió, de pronto, la monotonía de un martes de trabajo y me sumió por el resto de aquel día en una profunda tristeza. “Hola hijo”. (Al escuchar su voz tuve la certeza de que algo había pasado.) “Hola mami, ¿cómo estás?”. “Se nos fue, se nos fue la mamá Victoria”. Y su voz se quebró por el llanto.

Hace unos meses tu cuerpecito, mamá Victoria, se fue apagando, la edad se te vino encima. Pero a pesar de ello estaba convencido de que volverías a pasar junto a nosotros: tu hija, tus nietos, tus bisnietos,  tu familia, otro 23 de diciembre (el día de tu cumpleaños), otra navidad. Estaba seguro que en mi próxima visita a Arequipa te encontraría viva y te iría a visitar por lo menos una vez, como siempre lo hago en mis viajes. Te encontraría en el patio sentada en tu silla de ruedas tomando sol para calentarte los huesos y aliviar el dolor, o en tu cuarto, echadita en tu cama. Te encontraría como siempre lúcida, memoriosa.
De haberte encontrado con vida, hubiera tratado de bromear con mis primos y hermanos para arrancarte una sonrisa, me hubiera gustado que una vez más me preguntes cómo me va en Lima, cómo anda el clima, me hubiera gustado escuchar tus consejos: “escoge bien a tus amigos”. Me hubiera encantado, escucharte hablar de esa manera tan peculiar  con palabras  lonccas  y a la vez utilizando, esa forma antigua pero elegante de la segunda persona del plural, el “vos”, incomparable dejo de arequipeña antigua. 
Me hubiera gustado decirte  que disfruté mucho tus anécdotas, tus memorias: “la del culo baleao”, las peripecias del tío Jorge y compañía en sus viajes a lomo de bestia entre Cuzco y Arequipa ,la impresionante remembranza de tu árbol genealógico con varias generaciones que se remontaban hasta la guerra con Chile, con nombres y fechas exactas. Me hubiera gustado recibir nuevos coscorrones. Que me pidas ponerme la chompa. Hubiera disfrutado, verte hacerte la sorda cuando de algún tema no querías hablar, pero aguzar el oído, escuchar y comentar cuando te interesaba la conversación, por más  bajito que hayamos estado hablando. En fin me hubiera gustado volver a verte, pero te fuiste.
La  falta de conciencia de la fugacidad de la vida, olvidar que estamos solo de paso en este mundo, me impidió caer en la cuenta de que en cualquier momento tu corazoncito dejaría de latir, como en efecto lo hizo  mientras dormitabas. Esa misma falta de conciencia es por la que ahora me arrepiento de no haber conversado contigo un poco más, de haber escatimado el tiempo de mis visitas.
Aquel martes que recibí la noticia de tu muerte, dije: “tengo que viajar” quería darte el último adiós. Presto busqué pasajes. Sin embargo, en algún momento y me avergüenzo, dudé. Me descontarían en el trabajo. El reglamento interno solo señala licencia con goce de haber por el fallecimiento de familiares directos hasta segundo grado. Al diablo. Igual tenía que viajar. Si no lo hubiera hecho estaría arrepentido, estoy seguro.
Llegado el entierro me sentí orgulloso de cargar tu féretro junto a mis primos, tus bisnietos. Me dio gusto poder darle un abrazo  y unas palabras de aliento  a la mama Blanca, tu hija.
Hoy me queda como último recuerdo tu rostro sereno, como si estuvieras dormidita, bien peinadita con tus brazos cruzados apretando un rosario.
Es verdad que los últimos meses te aquejaban muchos dolores a las articulaciones, a los músculos, a la piel. Hoy liberada de esas dolencias físicas, te encuentras junto a tus otros seres queridos, a quienes visitabas fielmente en el cementerio de Cayma, cuando te hacías acompañar por tus bisnietos  y nos enseñabas  a rezar a las almas benditas, a llevarles flores y limpiarles la lápida.
Fuiste, mamá Victoria, una arequipeña de noble madera, pujante, trabajadora hasta el final de tus días, siempre correcta. Te nos adelantaste, pero tarde o temprano estaremos contigo, hasta entonces.

domingo, 17 de octubre de 2010

Mario Vargas Llosa

"Querido Mario, alguien que nadie vio, hoy ha salido el sol en Lima, hoy no se ha jodido el Perú, gracias a tí. Con Raul van estas líneas del hombre que nunca te molestó en ninguna ciudad y ahora vuelvo a escribir de ti para cien diarios".

Con estas palaras y parafraseando la célebre pregunta de Conversación en la Catedral el querido escritor peruano Alfredo Bryce Echenique saludó al Premio Nobel de Literatura 2010.

A lo que Vargas Llosa, sonriente y feliz, respondió:

"Qué simpático, qué cariñoso y qué generoso... Le agradezco públicamente  la tarjeta  y las palabras tan bonitas con que me hace llegar su cariño y su amistad."

El domingo pasado quienes estuvimos viendo Cuarto Poder, tuvimos la suerte de escuchar de los propios labios de Mario Vargas Llosa, en primer lugar, el tierno e inspirado saludo de Alfredito Bryce y, en segundo lugar, quizás la más famosa frase de toda la obra de nuestro flamante Premio Nobel de Literatura.

Todo un lujo señores haber disfrutado de ese instante gracias a la televisón. Todo un lujo, como tener en la lista de los premios Nobel a un compatriota nuestro, doble lujo para este bloger, por ser, además, arequipeño. Vanidad aparte, el reconocimiento obtenido por Mario trasciende fronteras, es una alegría para todos los hispanohablantes del mundo.

El saludo del siempre tierno Bryce refleja su bonhomía y sencillez. Las palabras de Mario  y su sonrisa (para quienes la vimos) reflejan una alegría sincera.

Qué bien se siente tener compatriotas como ellos. Escritores de lujo para el mundo entero.

domingo, 10 de octubre de 2010

El facebook



De un tiempo a esta parte millones de personas (principalmente adolescentes y veinteañeros, aunque no sólo ellos) sienten la trivial necesidad de hacer pública su vida privada.
No conciben un día sin revisar su cuenta de facebook. Tienen la urgencia de contar cuál es su estado de ánimo, cuál su ideología política, su credo, sus aficiones, sus aflicciones, qué es lo que están haciendo o lo que están “pensando”. Les urge comentar las fotos de sus “amigos” y de los “amigos de sus amigos”. Tienen que etiquetar gente. Deben escribir en el muro de sus contactos. No pueden olvidarse de saludar a cuanto conocido tienen por su cumpleaños. Tienen que colgar las fotos de su último viaje. Deben typear si tienen hambre o si sienten frio (como si al resto le importara). Tienen que comentar absolutamente todo de todos. Alguna veces suelen escribir frases rebuscadas, para demostrar (supongo) erudición, sensibilidad o espontaneidad.
Sienten la necesidad, en buena cuenta, de desnudar su intimidad a través del facebook, de regalársela a sus millones de usuarios.
Para ellos, si no estás en el facebook, sencillamente “no estás”, no existes. Y ojo, que  cuando digo “estar en el facebook” no quiero decir que tengas una cuenta y ya, no, no, no. Tienes que ser - por decirlo así – proactivo. Sencillamente no conciben su vida sin “feisbuquearla”, es como si la reafirmaran  por medio de la red social.
No los juzgo, todos somos un poco vanidosos, todos queremos ser héroes, todos queremos, en el fondo, parecernos a alguien que no somos, todos queremos lucir mejor de lo que somos, todos queremos vender lo mejor que tenemos. No los juzgo, haría mal … yo también he claudicado: tengo una cuenta de facebook y la uso con cierta frecuencia.  
A lo que voy es que, sin quererlo, sin siquiera sospecharlo, los usuarios de las redes sociales no sólo desnudan su intimidad sino también la de los demás, violan sistemáticamente un derecho protegido constitucionalmente, el derecho a la intimidad.
¿Cómo así?
Simple. No todos gustan de las redes sociales. Son una rara minoría, una especie en extinción, pero aún existen quienes son celosos de su vida privada, quienes la atesoran. Ellos, que no tienen una cuenta en facebook o que teniéndola no le prestan mayor atención, resultan afectados. Por ejemplo, si querían que una foto suya no sea vista por nadie, están jodidos, ya está colgada en el facebook
Ojos que no ven, facebook que te lo cuenta” es el nombre de uno de los cientos de grupos de facebook que gustan a mi hermano menor… 
Es cierto que los seres humanos somos comunicativos, sociables por naturaleza, no podemos concebir la vida como anacoretas; pero ello no implica que todas nuestras actividades sean compartidas con los demás, existe un ámbito que sólo le concierne a cada uno de nosotros, y que debe permanecer en la privacidad, es lo que denominamos vida privada. 
Este derecho implica que si un hombre desea pasar a través de este mundo, sin que se publiquen sus retratos, sin que se discutan sus proyectos, sin que se comenten sus éxitos, fracasos, excentricidades (sin importar que el comentario sea favorable o no), debe ser respetado.
Ahora bien, los tiempos cambian. Es evidente que hoy en día, a la mayoría de usuarios de las redes sociales, les resulta cool dejarse ver, hacerse notar, exhibir su intimidad.  ¿Eso es malo? no lo sé. Quizás sea sólo cuestión de gustos. Personalmente, prefiero, por ejemplo, recibir una llamada antes que cien saludos virtuales por mi onomástico.
Estimable lector, debes tener presente que no puedes publicar parte de tu vida privada a despecho de la vida privada de los demás. Debes tener presente también que al colgar cualquier imagen o ingresar datos sobre ti mismo se los estás regalando no solo a tus contactos sino también a los creadores de esa red social, pues al registrarte aceptas que ellos puedan disponer de todos esos datos, aunque tú ya los hayas borrado, aunque hayas deshabilitado tu cuenta o aunque hayas muerto.
Sería prudente recordar también que muchos delincuentes están agradecidos con este fenómeno, pues les facilita enormemente su “trabajo”. No tienen que invertir mayores recursos en averiguar el estilo de vida de determinada persona, su poder adquisitivo, sus amistades cercanas o sus familiares. Tienen toda esa información y mucha más a la mano, al alcance de un click.
No todo es malo, por supuesto. El facebook también te puede permitir retomar contacto con gente  querida que se encuentra lejos, te puede servir también como fuente de información, puedes encontrar datos sobre eventos, conciertos, exposiciones y un largo etcétera.
Sería ingenuo pensar que la masificación de las redes sociales y la implícita necesidad de figuración de sus usuarios se detendrán, al contrario, sospecho que se van a robustecer.

martes, 28 de septiembre de 2010

ODA CON OLOR A TABACO Y ALQUITRÁN

Las dos últimas entradas fueron de Derecho. Para no dar la impresión de que este blog se ha convertido en uno jurídico, cuelgo un pequeño poema mio escrito cuando tenía 19 años. Por lo leído, parece que a la sazón quice hacer un símil entre dos tipos de placeres... Júzguelo Usted, lector:


Húmedo y con cuidado
rozo tus seductores labios
Inhalo y me estremece tu hedónica y hechizante fragancia
Mis dedos exploran cada milímetro de tu cuerpo delicado
Te tengo entre mis manos
y en silencio clamas por sentirte
                                                                   entre mis labios

Tímida y excitada mi lengua alcanza  tu boca
En amalgamadora comunión te enciendes

El adictivo ritual se ha consumado
Tu cuerpo es mío,
aspiro profundo y … pérfidamente
                     te asesino en una bocanada de humo.

LOS EXTRANJEROS Y SU APTITUD PARA INSCRIBIRSE EN EL RUC O SER REPRESENTANTES LEGALES DE PERSONAS JURÍDICAS (ADVERTENCIA: Este post es de índole jurídica)

MARCO NORMATIVO
-          Constitución Política del Perú
-          Código Civil
-          Código Tributario
-          Decreto Legislativo N° 943 – Ley del Registro Único de Contribuyentes
-          Resolución de Superintendencia N° 210-2004/SUNAT – Norma reglamentaria del RUC
-          Decreto Legislativo N° 703 (y modificatorias) – Ley de extranjería
-          Ley del Impuesto a la Renta
-          Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.


1.     INTRODUCCIÓN

El artículo 52° de la Constitución Política del Perú, señala: “son peruanos por nacimiento los nacidos en el territorio de la República. También lo son los nacidos en el exterior de padre o madre peruanos, inscritos en el registro correspondiente durante su minoría de edad. Son asimismo peruanos los que adquieren la nacionalidad por naturalización o por opción, siempre que tengan residencia en el Perú”.

Todos aquellos que no se encuentren comprendidos en la definición anterior, son  extranjeros. En otras palabras, en el Perú, se considera extranjero a toda persona que no posea la nacionalidad peruana.

Ahora bien, los extranjeros pueden ingresar al Perú con diversas calidades migratorias, no todas ellas les permiten realizar actividades remuneradas o lucrativas, ni efectuar ciertos trámites ante la Administración Pública, como por ejemplo, inscribirse en el RUC.

Sin embargo, es frecuente que a las oficinas de la Administración Pública, como los Centros de Servicios al Contribuyente de la Administración Tributaria, acudan extranjeros con la intención de realizar gestiones. En dichas ocasiones, suelen identificarse con diversos documentos, principalmente con carné de extranjería y pasaporte. Ante ello, surge una pregunta: ¿los trabajadores de la Administración deberían analizar cuál es la calidad migratoria del solicitante extranjero antes de realizar el trámite respectivo?

La respuesta va a depender del tipo de trámite o gestión que vayan a realizar. A continuación nos referiremos únicamente a los trámites de inscripción al RUC y representación legal de personas jurídicas.

2.     LA CALIDAD MIGRATORIA DE LOS EXTRANJEROS Y SU APTITUD PARA INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBIUYENTES

Para dar respuesta a la interrogante antes planteada, hemos realizado una interpretación sistemática de las normas señaladas supra.

a.     Aspectos tributarios
El decreto Legislativo N° 943 – Ley del RUC, señala que deben inscribirse en el RUC a cargo de la SUNAT, todas las personas naturales o jurídicas, sucesiones indivisas, sociedades de hecho u otros entes colectivos, nacionales o extranjeros, domiciliados o no en el país, que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
a.     Sean contribuyentes y/o responsables de tributos administrados por la SUNAT, conforme a las leyes vigentes.
b.     Que sin tener la condición de contribuyentes y/o responsables de tributos administrados por la SUNAT, tengan derecho a la devolución de impuestos a cargo de esta entidad, en virtud de lo señalado por una ley o norma con rango de ley. Esta obligación debe ser cumplida para proceder a la tramitación de la solicitud de devolución respectiva.
c.     Que se acojan a los Regímenes Aduaneros o a los Destinos Aduaneros Especiales o de Excepción previstos en la Ley General de Aduanas.
d.     Que por los actos u operaciones que realicen, la SUNAT considere necesaria su incorporación al registro.
Pero la misma norma aclara que la SUNAT mediante Resolución de Superintendencia establecerá las personas obligadas a inscribirse en el RUC conforme a lo señalado en el artículo 2° y las exceptuadas de dicha obligación. En ese sentido debemos remitirnos a la norma específica que es la Resolución de Superintendencia N° 210-2004/SUNAT.
Esta última norma en su artículo 3° establece que no deberán inscribirse en el RUC, entre otros: los no domiciliados cuyas rentas están sujetas a retención en la fuente. También los no domiciliados a los cuales no se les ha efectuado la retención por cuanto el pagador de la renta es una entidad no domiciliada.[1]
Ahora bien, para determinar si una persona es domiciliada[2] o no domiciliada, debemos remitirnos  a la Ley del Impuesto a la Renta y podremos verificar que, este aspecto no va a depender de la nacionalidad del sujeto, sino de la cantidad de días que una persona lleva residiendo en territorio peruano. En efecto, la norma señala que sin tener en cuenta la nacionalidad de las personas naturales, se consideran domiciliados los peruanos que tengan domicilio en el país. Y los extranjeros que hayan permanecido en el país por más de 183 días durante un período cualquiera de 12 meses. Distinguir si una persona es domiciliada o no, no es asunto de poca monta: porque los domiciliados tributan por sus rentas de fuente mundial (es decir, por todos los ingresos que obtengan en el mundo), mientras que los no domiciliados, sólo tributan por rentas de fuente peruana.
Téngase presente que una cosa es la condición de “domiciliado”  o “no domiciliado” y otra distinta  es la calidad migratoria de los extranjeros. Un extranjero para efectos del impuesto a la renta puede ser considerado domiciliado dependiendo de la cantidad de días que permanezca en territorio peruano.
Por otro lado, respecto al tema de la calidad migratoria (que es el tema que nos avoca), el artículo 15° de la Resolución de Superintendencia N° 210-2004 señala: “Los sujetos que deban inscribirse en el RUC o sus representantes legales se identificarán con alguno de los siguientes documentos, según corresponda:
a. Documento Nacional de Identidad (DNI).
b. Carné de extranjería.
c. Cédula Diplomática de Identidad, en el caso de agentes diplomáticos en el ejercicio de funciones oficiales de su misión diplomática.
d. Pasaporte, en el caso de extranjeros que cuenten con una visa que permita la realización de actividades generadoras de renta, de acuerdo a lo señalado en las normas legales que regulan su calidad migratoria o en el caso de los ciudadanos de los países con los cuales exista tratados, convenios o acuerdos vigentes que permitan la realización de actividades generadoras de renta sin necesidad de contar con una visa.
Excepcionalmente, no se requerirá que el pasaporte cuente con una visa que permita la realización de actividades generadoras de renta cuando el extranjero:
i. Se encuentre afecto únicamente al Impuesto a las Embarcaciones de Recreo.
ii. Se inscriba en el RUC en virtud de lo señalado en el inciso d) del artículo 2°.”[3]

Ergo, si un extranjero se identifica con pasaporte, necesariamente habría que verificar si su calidad migratoria le permite realizar actividades generadoras de renta.

b.     Aspectos migratorios

Conforme al Decreto Legislativo N° 1043 (que modifica la Ley de Extranjería) los extranjeros podrán ser admitidos con las siguientes calidades migratorias: diplomática, oficial, consular, cooperante, intercambio, periodista, asilado político, refugiado, familiar oficial, turista, negocios, negocios ABTC[4], artista, religioso, tripulante, estudiante, trabajador, trabajador designado, independiente, rentista, familiar residente e inmigrante.

De todas ellas algunas no permiten al extranjero inscribirse en el RUC  porque les corresponde únicamente la visa temporal y sobre todo porque la norma les prohíbe realizar actividades remuneradas o lucrativas. Por ejemplo, las visas de turista, negocios, artista, tripulante, trabajador designado les corresponde la visa temporal, debido a la naturaleza misma del ingreso al país.

Las calidades migratorias:  diplomática, consular, oficial, cooperante, intercambio, periodista no tienen el impedimento legal de realizar actividad económica, lucrativa o remunerada, por lo menos no en la normatividad migratoria, empero en estos casos, el Estado peruano a través del Ministerio de Relaciones Exteriores les otorga dicha calidad y son reguladas por disposiciones especiales o acuerdos internacionales, los mismos que tendrían que ser consultados para dar una respuesta en cada caso puntual.

Las calidades migratorias de familiar residente y familiar oficial tampoco tienen impedimento expreso para realizar actividades lucrativas, pero por la naturaleza de las mismas, estimamos que no deberían permitir ejercer actividades generadoras de renta. Lo cual no quita que quienes ingresen con dicha calidad, puedan modificarla.

Las calidades migratorias que no tienen impedimento para realizar actividad lucrativa y que podrían adquirir la condición de domiciliado, pues la norma migratoria les permite obtener la visa de residente, y por ende pueden habilitar al extranjero a inscribirse en el RUC son: trabajador, independiente, rentista e inmigrante. En el caso de la calidad de trabajador, ingresan al país debido a un contrato laboral previamente aprobado por el Ministerio del Trabajo, por ende creemos que si adicionalmente  va  a laborar de forma independiente, debería regularizar su calidad migratoria.

Adicionalmente, quienes cuenten con las calidades migratorias de religioso pueden percibir rentas pero únicamente por actividades relacionadas con la salud y la educación y previa autorización del organismo competente; y quienes cuenten con visa de estudiante pueden percibir rentas por prácticas profesionales y por trabajos en periodos vacacionales, por tanto en ambos casos podrían también inscribirse en el RUC.

Finalmente, respecto a las calidades migratorias de asilado político y refugiado es comprensible que el Estado permita el trabajo de estos extranjeros con el propio fin de su manutención.

Debemos recalcar que estas calidades migratorias se pierden si el extranjero se ausenta del país por más de 183 días, lo que está en concordancia con la normatividad tributaria.

3.     CAPACIDAD DE LOS EXTRANJEROS PARA SER REPRESENTANTES LEGALES DE PERSONAS JURÍDICAS

Registros Públicos, suele inscribir como representante legal a los extranjeros sin examinar su calidad migratoria. Es criterio del Tribunal Registral que no se puede negar la inscripción a un extranjero a pesar de no acreditar su calidad migratoria para ser representante legal o para realizar actividades económicas, pues entienden que si bien al momento de la solicitud de inscripción no posee dicha calidad, podría ser posible que al momento de concretarse la representación, ya cuente con la calidad migratoria correspondiente.

Es por ello que adquiere importancia cuestionarnos si la Administración debe analizar la calidad migratoria del representante legal extranjero, a pesar de que se encuentre inscrito en Registros Públicos como tal.

El hecho de realizar algún trámite ante la Administración Tributaria o ante alguna otra entidad, como obtener una licencia de determinado sector, ya implica hacer efectiva la representación legal, por ende, correspondería a este nivel determinar si legalmente el extranjero está facultado para concretarla o no.

Pues bien, las calidades migratorias que no impiden al extranjero ejercer una representación legal de una persona jurídica son: trabajador, independiente, rentista  e inmigrante. Adicionalmente, los que cuenten con visa de “trabajador designado”, “negocios” y “negocios ABTC” pueden percibir dietas como directores de empresas.

Tratándose de las calidades migratorias: diplomática, consular, oficial, cooperante, intercambio, periodista, asilado político y refugiado, repetimos lo señalado líneas arriba: correspondería revisar las disposiciones especiales o acuerdos internacionales respectivos. Sin embargo, sabemos que los funcionarios diplomáticos, pueden ejercer la representación legal de la entidad respectiva, acreditando su identidad con carné o cédula diplomática.

Eso sí, debemos tener presente que las normas tributarias no exigen la condición de domiciliado para ser representante legal, máxime si tenemos en cuenta que la Ley General de Sociedades no señala un tiempo mínimo para la duración del cargo de representante legal, a diferencia de las normas migratorias que sí limitan ciertas acciones, como ejercer una representación legal a algunas calidades migratorias.

4.     ALGUNAS CONCLUSIONES

1.     Una cosa es la condición de domiciliado y otra distinta la calidad migratoria de los extranjeros. Para que un extranjero pueda inscribirse en el RUC debe contar con una calidad migratoria que le permita realizar actividades remuneradas. Esto último no sólo por una obligación de la norma tributaria, sino por las limitaciones que impone la ley de extranjería.

2.     Las calidades migratorias que no tienen impedimento para realizar actividades remuneradas y que por ende habilitan al extranjero a inscribirse en el RUC o ser representante legal de personas jurídicas son: trabajador, independiente, rentista e inmigrante. Por su parte, las calidades migratorias de: familiar residente y familiar oficial, pese a no tener prohibición expresa, consideramos que no deberían realizar actividad lucrativa, por la naturaleza de las mismas. Por otro lado, las calidades migratorias de religioso y estudiante pueden percibir rentas pero con las restricciones antes anotadas.

No es exigible que el representante legal se identifique con carné de extranjería, sería válido que lo haga con pasaporte (que cuente con la visa correspondiente), pues lo que se debe analizar es la calidad migratoria, el carné, en todo caso, sólo constituye una prueba de aquella. Por el contrario, también puede suceder que el extranjero cuente con carné de extranjería[5] pero que la calidad migratoria no le permita realizar actividades remuneradas (ejemplo: familiar residente), en estos casos debería regularizar previamente su calidad migratoria.


[1] Un aspecto importante a dilucidar es: si el artículo 3° de la R.S. 210-2004/SUNAT, cuando señala: “no deberán inscribirse en el RUC”, debe ser entendido como: a) una prohibición o b) simplemente como una exoneración a la obligación de inscribirse, lo que implicaría, que quienes se encuentren comprendidos en los supuestos de dicho artículo (ejemplo: un “no domiciliado”) puedan válidamente inscribirse en el RUC a pesar de no estar obligados. Consideramos que la segunda interpretación puede ser válida si leemos el D. Leg. 943 – Ley del RUC, cuando prescribe que la SUNAT establecerá las personas obligas a inscribirse en el RUC y las exceptuadas. Sin embargo esta disquisición la dejamos en el tintero por no ser materia del presente artículo.
[2] En la doctrina y legislación comparada se suele usar la palabra “residente” en lugar de “domiciliado”.
[3] El inciso d) del artículo 2° señala que deberán inscribirse en el RUC: Los sujetos que realicen los procedimientos, actos u operaciones indicados en el Anexo N° 6. (A su vez el anexo 6 hace referencia a diversos trámites ante SUNAT, como devolución de pagos indebidos; y también contempla algunos trámites ante otras entidades públicas.
[4] Aquellos que ingresan al país sin ánimo de residencia y haciendo uso de la Tarjeta para viaje de negocios denominada “APEC Business Travel Card” del foro de Cooperación Asia Pacífico”
[5] Documento que es emitido a quienes han obtenido visa de residente.

miércoles, 15 de septiembre de 2010

MARIO BENEDETTI

Mario Benedetti nació un 14 de setiembre, el día de la Exaltación de la Santa Cruz, fecha en que se recuerda la recuperación de la Vera Cruz, (el auténtico madero donde murió nuestro Señor Jesucristo) por parte del emperador Heraclio, luego de que fuera arrebatada por los persas. Mario Benedetti nació un 14 de setiembre, día del Señor de Huanca, advocación de Cristo martirizado, cuya fiesta se celebra en la localidad del mismo nombre, Cuzco, Perú y de quien es fervoroso devoto mi padre y a quien encomendó mi nacimiento.  Mario Benedetti nació un 14 de septiembre, el mismo día que nací yo. Nació en Uruguay un 14 de setiembre de 1920.
Es (no fue) un grande entre los grandes. Escribió no sólo poemas, sino también ensayos, cuentos entre otros géneros, pero sin duda toda su obra es Poesía. Leer sus poemas es disfrutar de una linda melodía, suenan bien y se sienten mejor.

No sé si te haya ocurrido, lector, la dificultad de recordar algún poema cuando lo quieres evocar, a mi me pasa siempre. Afortunadamente, como un regalo de Dios, algunas veces en el instante menos pensado, me descubro recordando sin darme cuenta, algún verso de Mario. Algún verso leído seguramente cuando adolescente (de edad o de angustia). El milagro ocurre y repito dentro de mí:  
“… porque eres mía
porque no eres mía
porque te miro y muero
y peor que muero
si no te miro amor
si no te miro…”


El milagro ocurre y repito en silencio:
“porque tú siempre existes dondequiera
pero existes mejor donde te quiero
porque tu boca es sangre
y tienes frío
tengo que amarte amor
tengo que amarte
aunque esta herida duela como dos
aunque te busque y no te encuentre
y aunque
la noche pase y yo te tenga
y no.”


Ayer recordé haber nacido el mismo día que Mario Benedetti. No tiene ningún mérito, pero me gusta.
Mario falleció a los 88 años, nos dejó un gran legado. Antes de morir nos dejó un gran consejo:

"No te salves"
"No te quedes inmóvil
al borde del camino
no congeles el júbilo
no quieras con desgana
no te salves ahora
ni nunca.


No te salves
no te llenes de calma
no reserves del mundo
sólo un rincón tranquilo
no dejes caer lo párpados
pesados como juicios

no te quedes sin labios
no te duermas sin sueño
no te pienses sin sangre
no te juzgues sin tiempo.
.
Pero si
pese a todo
no puedes evitarlo
y congelas el jubilo
y quieres con desgana

y te salvas ahora
y te llenas de calma
y reservas del mundo
sólo un rincón tranquilo
y dejas caer los párpados
pesados como juicios
y te secas sin labios
y te duermes sin sueño
y te piensas sin sangre
y te juzgas sin tiempo
y te quedas inmóvil
al borde del camino
y te salvas
entonces
no te quedes conmigo."